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title: "Fin del contrato de alquiler: guía paso a paso"
description: "30 días para devolver la fianza, burofax con 4 meses de antelación y obligaciones fiscales que no puedes ignorar. Guía completa del cierre de contrato de alquiler para propietarios."
url: https://www.vivara.io/blog/operaciones/fin-del-contrato-de-alquiler/
date: 2026-06-15
modified: 2026-06-12
author: "claude-bot"
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categories: ["Operaciones"]
type: post
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# Fin del contrato de alquiler: guía paso a paso

30 días. Ese es el plazo que tienes para devolver la fianza desde que el inquilino te entrega las llaves (art. 36.4 LAU). Si lo incumples, la fianza empieza a generar intereses a tu cargo. Y si el cierre del contrato se gestiona mal, los problemas no acaban con la fianza: hay implicaciones fiscales, documentación pendiente y riesgos legales que pueden arrastrarse durante meses. En Vivara nos encargamos de la (/gestion-integral-alquiler/) en toda España, incluido el fin del contrato de alquiler y todo lo que viene después.

Nos contactan propietarios cada semana que han perdido el plazo del burofax y ahora tienen el contrato prorrogado un año más. Otros que han devuelto la fianza íntegra sin documentar desperfectos porque no tenían fotos del día de la entrega. Y otros que descubren en la declaración de la renta que no han imputado correctamente los meses en los que la vivienda estuvo vacía. El fin de contrato de alquiler parece un trámite administrativo. No lo es.

Esta guía cubre cada fase del proceso: quién inicia la finalización y con qué plazos, cómo inspeccionar la vivienda, cómo gestionar la devolución de la fianza del alquiler, qué hacer con suministros y seguros, las obligaciones fiscales que no puedes ignorar y cómo preparar la vivienda para volver a alquilar con todas las garantías.

El orden importa. Saltarse un paso puede costarte dinero o un año más de contrato.

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### Índice

- (#quien-inicia-la-finalizacion)
- (#inspeccion-estado-vivienda)
- (#entrega-llaves-acta-devolucion)
- (#recuperar-fianza-organismo-autonomico)
- (#devolucion-retencion-fianza-inquilino)
- (#suministros-y-seguros)
- (#obligaciones-fiscales)
- (#preparar-vivienda-volver-alquilar)
- (#preguntas-frecuentes-fin-contrato-alquiler)

## Quién inicia la finalización y qué implica

### Tú decides no renovar

Si eres el propietario y no quieres que el contrato se prorrogue, necesitas enviar un burofax fin contrato alquiler al inquilino con un mínimo de 4 meses de antelación respecto a la fecha de vencimiento (art. 10 LAU). Sin burofax en plazo, el contrato entra en prórroga tácita: plazos anuales hasta un máximo de tres años más (1+1+1, art. 10 LAU). Salvo que el inquilino comunique su voluntad de no renovar con al menos 2 meses de antelación.

Pero hay un matiz previo. Si el contrato tiene menos de 5 años (persona física) o 7 años (persona jurídica), estás dentro del periodo de prórroga obligatoria (art. 9 LAU). Durante ese periodo, no puedes negarte a renovar salvo que necesites la vivienda para uso propio o de un familiar de primer grado, con un preaviso mínimo de 2 meses (art. 9.3 LAU). Incluir esta posibilidad en el contrato es recomendable para evitar disputas, pero el derecho existe por ley.

Una vez superado el plazo obligatorio, si ninguna parte comunica su decisión, el contrato entra en prórroga tácita: plazos anuales hasta un máximo de 3 años adicionales (art. 10 LAU). Si dejas pasar el vencimiento sin enviar el burofax, te atas hasta tres años más.

> El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido es la forma más segura de comunicar la no renovación. WhatsApp y email carecen de valor probatorio equiparable.

### El inquilino decide no renovar

El inquilino debe comunicar su decisión con un mínimo de 2 meses de antelación antes de la fecha de vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas (art. 10 LAU). El preaviso debe ser por escrito. Si no avisa en plazo, el contrato se prorroga automáticamente.

### Desistimiento anticipado del inquilino

A partir del sexto mes de contrato, el inquilino puede desistir avisando con 30 días de antelación (art. 11 LAU). Si el contrato incluye cláusula de indemnización, deberá pagar 1 mensualidad por cada año de contrato que quede por cumplir, prorrateado por meses. Si no se pactó indemnización en el contrato, el inquilino se va sin coste.

## Inspección del estado de la vivienda

Cuando vayas a recoger las llaves, haz la inspección con el inquilino presente. Es tu oportunidad de comparar el estado actual con el inventario y las fotos fechadas que firmasteis al inicio del contrato.

Revisa punto por punto:

- Paredes, suelos y techos

- Electrodomésticos y mobiliario incluido en el inventario

- Instalaciones de fontanería, electricidad y gas

- Cerraduras, ventanas y persianas

- Estado de la pintura

La clave es distinguir desgaste normal de daños reclamables. **Desgaste normal:** pintura ligeramente desgastada, marcas leves en paredes por cuadros, desgaste del suelo por uso. Eso no se descuenta de la fianza. **Daños reclamables:** agujeros, electrodomésticos rotos por mal uso, humedades por negligencia del inquilino, cristales rotos, manchas permanentes, paredes pintadas de un color diferente al original, suciedad extrema. Eso sí se puede descontar de la fianza, siempre que esté documentado en el inventario inicial.

Documenta cada desperfecto con fotos fechadas y enviadas por email al inquilino el mismo día. Ese email con timestamp tiene valor probatorio.

Sin inventario firmado ni fotos del día de la entrega inicial, la posición del propietario se debilita. En la práctica, si no puedes acreditar el estado original, la fianza se devuelve íntegra.

## Entrega de llaves y acta de devolución

El día de la entrega, recoge todas las copias de llaves: las originales, las duplicadas y las del buzón, garaje o trastero si los hay.

Redacta un acta de devolución que incluya:

- Fecha y hora de la entrega

- Estado general de la vivienda (con referencia a los desperfectos documentados)

- Lectura de contadores de agua, luz y gas

- Listado de llaves entregadas

- Firma de ambas partes

El documento fin de contrato de alquiler no tiene un formato oficial obligatorio, pero el acta firmada por ambas partes es la prueba más sólida de que el cierre se hizo de forma ordenada. Si más adelante hay discrepancias sobre el estado de la vivienda o sobre fechas, el acta resuelve.

Cambiar la cerradura después de la entrega es recomendable. No es obligatorio legalmente, pero te protege frente a copias no declaradas. El coste habitual ronda los 80-150 euros.

## Recuperar la fianza del organismo autonómico

Si depositaste la fianza legal en el organismo autonómico correspondiente (como deberías), ahora toca recuperarla. Cada comunidad tiene su propio organismo y procedimiento:

- **Cataluña:** INCASOL. Tramitación online.

- **Madrid:** Agencia Vivienda Social. Telemático o presencial.

- **Comunidad Valenciana:** Tesorería GVA — Fianzas Urbanas.

- **País Vasco:** Delegaciones Territoriales de Vivienda (Álava, Bizkaia, Guipuzkoa). Trámite telemático a través de Bizilagun.

- **Aragón:** Gobierno de Aragón — Gestión de fianzas.

La obligación de depósito y el organismo responsable varían según la comunidad autónoma. Consulta la normativa específica de tu CCAA. El Ministerio de Vivienda publica un (https://www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/alquiler/deposito-de-fianzas).

El plazo de devolución por parte del organismo varía según la comunidad: entre 1 y 3 meses. No es automático. Si no la pides, no te la devuelven. Inicia el trámite cuanto antes.

## Devolución o retención de la fianza al inquilino

Aquí es donde más errores se cometen. El plazo devolución fianza alquiler es de 30 días desde la entrega de llaves (art. 36.4 LAU). No desde que el inquilino desocupa la vivienda, no desde la baja de suministros, ni desde que el organismo autonómico te devuelva el depósito. Desde la entrega de llaves.

### Sin desperfectos

Devuelve la fianza íntegra dentro del plazo de 30 días. Si lo incumples, la cantidad pendiente devengará el interés legal del dinero desde ese momento (art. 36.4 LAU).

### Con desperfectos

Desglosa por escrito cada deducción: concepto, importe y, si es posible, factura o presupuesto del arreglo. No vale retener una cantidad genérica «por si acaso». Eso te expone a una reclamación judicial.

Desgaste normal no se descuenta. Solo se retienen importes por:

- Daños que excedan el desgaste normal (documentados con fotos e inventario)

- Facturas pendientes de suministros

Las rentas impagadas no se descuentan de la fianza. Se reclaman por vía amistosa o judicial.

### Si los daños superan la fianza

Comunica al inquilino el importe adicional por escrito, con desglose y facturas. Si no llega a un acuerdo, la vía es la reclamación judicial. Para cantidades inferiores a 2.000 euros, el procedimiento verbal no requiere abogado ni procurador.

> La fianza no es un fondo de reserva. Tiene un régimen legal estricto: o la devuelves en 30 días, o justificas cada euro retenido. No hay término medio.

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## Un cierre mal gestionado te persigue meses

Plazos incumplidos, fianzas sin justificar, documentación que falta. Nos contactan propietarios con estos problemas cada semana. En Vivara cerramos el contrato por ti, sin cabos sueltos.

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## Suministros y seguros

Antes de dar por cerrado el contrato, verifica que no haya facturas pendientes de suministros a nombre del inquilino. Solicita las últimas lecturas de contadores y comprueba que no hay deudas de agua, luz o gas.

Tienes dos opciones con los suministros:

- **Cambio de titularidad:** si vas a volver a alquilar, pon los suministros a tu nombre mientras el piso está vacío.

- **Baja temporal:** si no vas a alquilar de inmediato, puedes dar de baja los contratos. Pero ten en cuenta que dar de baja y volver a dar de alta tiene un coste (derechos de enganche, trámites), y que una vivienda sin suministros activos pierde la condición de morada habitual, lo que debilita tu posición legal frente a una posible (/blog/legal/ocupacion-ilegal-inmuebles/).

Mantener los suministros activos refuerza la condición de morada del inmueble. No es un consejo genérico: es un criterio que los tribunales consideran para distinguir entre una vivienda habitada y una vivienda vacía a efectos de protección legal.

En cuanto a seguros:

- **Seguro de hogar:** mantenlo activo si la vivienda va a estar vacía. Las pólizas suelen cubrir daños por agua, incendio o actos vandálicos incluso sin inquilino, pero revisa las condiciones de tu póliza concreta.

- **Seguro de impago:** cancela la póliza actual si el contrato ha terminado. Cuando firmes un nuevo contrato con un nuevo inquilino, contrata una póliza nueva adaptada al perfil del nuevo arrendatario.

## Obligaciones fiscales que no puedes ignorar

El fin de contrato de alquiler no cierra tu relación con Hacienda. Al contrario: abre varios frentes fiscales que debes gestionar correctamente.

### Ingresos proporcionales

Si el contrato ha terminado a mitad de año, declara los ingresos por los días efectivos de alquiler. No por meses completos: por días. Los (/blog/economico/gastos-deducibles-del-alquiler-irpf/) también se prorratean proporcionalmente al periodo de arrendamiento efectivo (criterio consolidado del Tribunal Supremo).

### Imputación de renta por meses vacíos

Los meses en los que la vivienda está vacía y a tu disposición generan imputación de rentas en el IRPF: el 1,1 % del valor catastral anual si la revisión catastral tiene menos de 10 años, o el 2 % si tiene más. No importa que no hayas cobrado nada: Hacienda imputa una renta ficticia por cada mes sin inquilino.

Hacienda cruza datos catastrales con tu declaración. Si declaras ingresos de alquiler hasta junio y no imputas renta de julio a diciembre, salta la incoherencia.

### Fianza retenida e indemnizaciones

Si has retenido parte de la fianza por daños, la cantidad retenida es un ingreso que debes declarar. A cambio, el coste de la reparación es un gasto deducible. El efecto neto suele ser cero, pero ambas magnitudes deben aparecer en la declaración.

Si el inquilino paga una indemnización por desistimiento anticipado (1 mensualidad por año restante de contrato), esa indemnización tributa como rendimiento del capital inmobiliario.

### Conservación de documentación

Conserva toda la documentación —contrato, facturas, burofax, acta de devolución, recibos de fianza— durante un mínimo de 4 años desde el final del plazo voluntario de presentación de la última declaración en la que el inmueble generó rendimientos. Es el plazo de prescripción tributaria (art. 66 LGT).

> Hacienda no olvida un piso. Si dejas de declarar ingresos de alquiler sin imputar renta por los meses vacíos, la discrepancia catastral activa la comprobación.

## Preparar la vivienda para volver a alquilar

Si tu intención es alquilar de nuevo, el periodo entre contratos es el momento de dejarlo todo en orden.

### Estado del inmueble

- Reparaciones pendientes: fontanería, electricidad, estructura

- Pintura en tonos neutros

- Limpieza profesional

- Revisión de caldera (obligatoria cada 2 años según el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios))

- Cambio de cerradura (recomendado)

### Documentación vigente

- **Certificado de eficiencia energética (CEE):** obligatorio para alquilar. Tiene una validez de 10 años. Comprueba la fecha antes de publicar el anuncio.

- **Cédula de habitabilidad:** obligatoria en Cataluña, Baleares, Canarias, Cantabria, Asturias, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra. En el resto de comunidades, se sustituye por licencia de primera ocupación o declaración responsable.

### Condiciones del nuevo contrato

Antes de fijar la renta, comprueba si la vivienda está en (/blog/legal/zona-tensionada-alquiler/). En zona tensionada, la renta del nuevo contrato no puede superar la del contrato anterior, ni —si eres gran tenedor— el índice de referencia de precios del Ministerio de Vivienda. La Ley 12/2023 impone este límite, y el régimen sancionador autonómico por incumplimiento oscila entre 9.001 y 90.000 euros para infracciones graves, según la comunidad autónoma.

Si eres gran tenedor, debes declararlo expresamente en el contrato. Consulta la definición vigente en la Ley 12/2023: más de 10 inmuebles urbanos residenciales (umbral estatal) o 5 en una misma zona tensionada (Cataluña).

Busca un (/blog/economico/seguro-impago-alquiler/) antes de elegir inquilino, no después. La póliza se formaliza con la firma del contrato, pero la verificación de solvencia del candidato es previa y condiciona la activación de la cobertura. Si seleccionas primero y buscas el seguro después, te arriesgas a que la aseguradora rechace al inquilino que ya has elegido.

Actualiza la plantilla de (/blog/legal/contrato-de-alquiler/) a la normativa vigente (post Ley 12/2023). Incluye las cláusulas obligatorias de zona tensionada si aplican, la referencia al índice de referencia para la actualización anual de rentas, y la cláusula de indemnización por desistimiento. Un contrato de alquiler bien redactado ahorra problemas desde el primer día.

Si necesitas ayuda para encontrar al inquilino adecuado, en Vivara gestionamos todo el proceso de selección y verificación de solvencia con cobro asegurado y póliza de Occident.

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## Preguntas frecuentes sobre el fin de contrato de alquiler

#### ¿Cuál es el plazo de devolución de la fianza al inquilino?

30 días desde la entrega de llaves (art. 36.4 LAU). Si lo incumples, la fianza genera intereses a favor del inquilino.

#### ¿Qué debe incluir el documento de fin de contrato de alquiler?

No hay un formato oficial obligatorio. Lo recomendable es un acta firmada por ambas partes con fecha, estado de la vivienda, desperfectos documentados, lectura de contadores y listado de llaves entregadas.

#### ¿Cómo enviar un burofax de fin de contrato de alquiler?

A través de Correos, con acuse de recibo y certificación de contenido. El coste aproximado es de 25-40 euros. El propietario debe enviarlo con al menos 4 meses de antelación respecto al vencimiento del contrato.

#### ¿Puedo retener la fianza si hay desperfectos?

Sí, pero debes desglosar cada deducción por escrito con concepto, importe y, si es posible, factura o presupuesto. El desgaste normal de uso no justifica la retención.

#### ¿Qué pasa si no envío el burofax a tiempo?

El contrato entra en prórroga tácita: plazos anuales hasta un máximo de tres años más (1+1+1). Es el efecto del art. 10 de la LAU.

#### ¿Necesito un modelo de fin de contrato de alquiler específico?

No existe un modelo oficial. Lo que necesitas es un acta de devolución firmada y, si hay retenciones de fianza, un desglose escrito de cada concepto retenido.

#### ¿Qué impuestos tengo que pagar después de finalizar el contrato?

Debes declarar los ingresos proporcionales por los días de alquiler efectivo. Por los meses en que la vivienda esté vacía, Hacienda imputa una renta ficticia del 1,1 % o 2 % del valor catastral anual. Si retienes fianza, declaras el importe como ingreso y la reparación como gasto.

#### ¿Tengo que devolver la fianza si el inquilino tiene facturas pendientes?

No. Puedes retener de la fianza el importe de las facturas pendientes de suministros, siempre que lo justifiques por escrito y dentro del plazo de 30 días.

*Esta guía tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La normativa de arrendamientos varía según la comunidad autónoma y está sujeta a cambios frecuentes. Información actualizada a junio de 2026. Consulta siempre con un profesional antes de tomar decisiones sobre tu contrato de alquiler. Un buen cierre de contrato protege a propietario e inquilino por igual.*
