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title: "Soy inquilino y quiero declarar el alquiler: guía paso a paso"
description: "Cómo declarar el alquiler como inquilino en la renta 2025: dónde se pone, qué datos necesitas y qué deducciones puedes aplicar. Paso a paso."
url: https://www.vivara.io/en/blog/legal/soy-inquilino-y-quiero-declarar-el-alquiler/
date: 2026-06-23
modified: 2026-06-23
author: "claude-bot"
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categories: ["Legal", "Económico", "Operaciones"]
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# Soy inquilino y quiero declarar el alquiler: guía paso a paso

Si te estás preguntando «soy inquilino y quiero declarar el alquiler», lo primero que debes saber es que hacerlo no es solo un trámite. Es la única forma de acceder a deducciones fiscales que pueden suponerte un ahorro de entre 300 y 1.237 euros al año, dependiendo de tu comunidad autónoma. Tanto si vives de alquiler por elección como por necesidad, tu contrato tiene implicaciones fiscales que te interesa conocer.

El problema es que muchos inquilinos ni siquiera saben que pueden deducirse el alquiler. Otros lo saben, pero no tienen el NIF de su arrendador, no encuentran la casilla correcta en Renta Web o confunden la deducción estatal con la autonómica. El resultado es el mismo: cada año dejan dinero sobre la mesa sin necesidad.

En esta guía te explicamos paso a paso cómo declarar el alquiler como inquilino en la renta 2025 (que se presenta en 2026): qué documentación necesitas, dónde incluir el alquiler en la declaración, qué deducciones puedes aplicar, qué es el ITP que casi nadie paga y qué ocurre si tu casero no declara los ingresos del arrendamiento.

Quince minutos de lectura que pueden traducirse en cientos de euros de ahorro fiscal. Merece la pena.

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### Índice

- [Qué necesitas antes de empezar](#que-necesitas-antes-de-empezar)
- [Dónde se pone el alquiler en la renta: paso a paso en Renta Web](#donde-se-pone-el-alquiler-en-la-renta)
- [Deducción estatal por alquiler: casilla 563 (solo contratos antes de 2015)](#deduccion-estatal-casilla-563)
- [Deducciones autonómicas: el ahorro real para la mayoría de inquilinos](#deducciones-autonomicas-ahorro-real)
- [El ITP: la obligación fiscal que casi nadie conoce](#itp-obligacion-que-casi-nadie-conoce)
- [Qué pasa si tu casero no declara](#que-pasa-si-tu-casero-no-declara)
- [Los errores más comunes al declarar el alquiler como inquilino](#errores-mas-comunes-al-declarar-alquiler)
- [Por qué siempre conviene declarar el alquiler](#por-que-declarar-alquiler-como-inquilino)
- [Preguntas frecuentes sobre declarar el alquiler como inquilino](#preguntas-frecuentes-declarar-alquiler-inquilino)

## Qué necesitas antes de empezar

Antes de abrir Renta Web, reúne estos datos. Si te falta alguno, la declaración se queda a medias o directamente no puedes aplicar la deducción.

- **NIF o DNI del arrendador.** Es el dato más importante. Sin él, Hacienda no te permite aplicar ninguna deducción por alquiler. Aparece en tu contrato y en los recibos de pago. Si no lo tienes, pídelo a tu casero antes de empezar la declaración.
- **Nombre completo del arrendador.** Tal como aparece en el contrato de arrendamiento.
- **Dirección completa de la vivienda alquilada.** Incluye la referencia catastral si la tienes (aparece en el recibo del IBI o puedes consultarla en la [Sede Electrónica del Catastro](https://www.sedecatastro.gob.es/)).
- **Importe total del alquiler pagado durante el año.** La suma de todas las mensualidades de 2025. Si entraste o saliste a mitad de año, solo computan los meses en los que efectivamente pagaste.
- **Fechas del contrato.** Fecha de firma y, si aplica, fecha de finalización. Esto es especialmente relevante para la deducción estatal, que solo cubre contratos firmados antes del 1 de enero de 2015.
- **Justificantes de pago.** Transferencias bancarias, recibos firmados o cualquier documento que acredite que has pagado. Hacienda puede pedirlos en una comprobación.

> Sin el NIF del arrendador, no hay deducción posible. Es el dato que más inquilinos olvidan y el que más dinero cuesta no tener.

## Dónde se pone el alquiler en la renta: paso a paso en Renta Web

La declaración de la renta se hace a través de [Renta Web](https://sede.agenciatributaria.gob.es/), la herramienta online de la AEAT. Si nunca has declarado el alquiler, el proceso tiene dos partes: marcar que vives de alquiler e introducir los datos para la deducción.

### Paso 1: Información de la vivienda habitual

En Renta Web, dentro de la sección de datos personales, hay un apartado llamado “Datos de la vivienda habitual”. Aquí debes indicar que tu vivienda habitual es de alquiler. Marca la opción correspondiente e introduce la dirección completa del inmueble. Este paso es obligatorio para que el sistema te habilite las casillas de deducción.

### Paso 2: Datos del arrendador

Renta Web te pedirá el NIF y el nombre completo del arrendador. Si tienes más de un arrendador (por ejemplo, el piso pertenece a dos personas), debes incluir los datos de cada uno. Este es el punto donde muchos inquilinos se atascan: si no tienes el NIF, no puedes avanzar con la deducción.

### Paso 3: Deducciones autonómicas

Ve a la sección “Deducciones autonómicas” y localiza la de tu comunidad autónoma. Cada CCAA tiene su propia casilla y sus propios requisitos de renta, edad o situación familiar. Renta Web agrupa las deducciones por comunidad, así que selecciona la tuya y busca la deducción por alquiler de vivienda habitual. Introduce el importe total pagado en 2025 y los datos que te pida el formulario.

### Paso 4: Deducción estatal (si aplica)

Si tu contrato se firmó antes del 1 de enero de 2015 y cumples los requisitos de renta, Renta Web te mostrará las casillas 0562 y 0563 en la sección de deducciones estatales. La casilla 562 recoge la base de deducción (cantidades pagadas, hasta 9.040 EUR) y la 563 el importe de la deducción resultante. Este paso solo aparece si has marcado correctamente la información de vivienda habitual en el paso 1.

Consejo práctico: si el borrador de la renta que te envía la AEAT no incluye tu alquiler, es normal. La Agencia Tributaria no siempre tiene los datos del arrendamiento. Tienes que añadirlos tú manualmente en la declaración.

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## ¿Tu contrato tiene todo lo que necesitas para aplicar la deducción?

NIF del arrendador, fianza depositada, cláusulas conformes. Sin un contrato bien hecho, no hay deducción posible. Descarga el checklist y compruébalo.

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## Deducción estatal por alquiler: casilla 563 (solo contratos antes de 2015)

Si tu contrato se firmó antes del 1 de enero de 2015 y venías aplicando la deducción, todavía puedes deducirte el 10,05% de lo pagado (deducción máxima de 908,52 EUR). La casilla 562 recoge la base de deducción (cantidades pagadas, hasta 9.040 EUR) y la 563 el importe resultante. Si tu base imponible supera 24.107,20 EUR, pierdes el derecho.

Si tu contrato es de 2015 en adelante, esta deducción no existe para ti. Tu ahorro fiscal está en las deducciones autonómicas.

El detalle completo de tramos de renta, base de deducción y cálculo lo cubrimos en la [guía de deducciones por alquiler para inquilinos](/blog/legal/desgravar-alquiler-deducciones-inquilino/).

## Deducciones autonómicas: el ahorro real para la mayoría de inquilinos

Si tu contrato es posterior a 2015, aquí es donde está tu ahorro fiscal. Cada comunidad autónoma tiene su propia deducción por alquiler de vivienda habitual, con porcentajes, límites de renta y requisitos distintos.

Un resumen rápido de las principales:

| Comunidad autónoma | Porcentaje | Deducción máxima | Nota |
| --- | --- | --- | --- |
| **Madrid** | 30% | 1.237,20 EUR | De las más generosas |
| **Andalucía** | 15% | 1.200 EUR | Sube a 1.500 EUR con discapacidad |
| **Comunitat Valenciana** | 20%-30% | 800-1.100 EUR | 20% base, 25% con 1 condición, 30% con 2+ |
| **Canarias** | 24% | 740-760 EUR | Varía según edad y discapacidad |
| **Castilla y León** | 20% | 459 EUR | Menores de 36, municipios < 10.000 hab. |
| **Cataluña** | 10% | 500 EUR | 1.000 EUR en conjunta |
| **Cantabria** | 10% | 300 EUR | 600 EUR en conjunta |
| **Baleares** | 15-20% | 530-650 EUR | Depende de edad y circunstancias |

Los requisitos varían por CCAA: límites de base imponible (generalmente entre 30.000 y 35.000 euros en individual), edad del contribuyente, si la vivienda está en zona rural, si hay discapacidad reconocida o si eres familia numerosa. Aragón es la única comunidad de régimen común que no tiene una deducción general por alquiler para inquilinos.

El detalle completo de cada comunidad, con requisitos exactos y casillas, lo cubrimos en la [guía de deducciones por alquiler para inquilinos](/blog/legal/desgravar-alquiler-deducciones-inquilino/). Si quieres saber exactamente cuánto te puedes ahorrar en tu CCAA, ese es el post que necesitas. También puedes consultar la [página oficial de la AEAT sobre deducciones autonómicas](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas.html).

## El ITP: la obligación fiscal que casi nadie conoce

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en arrendamientos es el gran desconocido. Y lo paga el inquilino, no el propietario.

Cuando firmas un contrato de alquiler de vivienda, tienes 30 días hábiles para presentar el modelo 600 de autoliquidación del ITP ante la hacienda de tu comunidad autónoma. La base imponible se calcula multiplicando la renta mensual por los meses de contrato (con un máximo de 6 años), y se aplica un coeficiente que varía por CCAA (entre el 0,4% y el 1%).

En la práctica, el importe suele ser bajo (entre 20 y 150 euros para la mayoría de contratos). Pero la obligación existe, y Hacienda puede reclamarla con recargos e intereses si no la has presentado.

Cubrimos el cálculo exacto, las exenciones por CCAA y cómo presentar el modelo 600 en la [guía completa del ITP en arrendamientos](/blog/innovacion/itp-obligacion-fiscal-arrendador/).

## Qué pasa si tu casero no declara

Esta es la pregunta que más inquilinos se hacen en voz baja. Y la respuesta es clara: tu declaración no depende de la de tu arrendador. Son dos obligaciones fiscales independientes.

Tú declaras lo que has pagado como inquilino. Tu arrendador declara (o debería declarar) lo que ha cobrado como propietario. Si él no declara sus ingresos por alquiler, eso es un problema suyo con Hacienda, no tuyo. Pero hay un detalle que conviene entender: cuando tú incluyes el alquiler en tu declaración y consignas el NIF del arrendador, la AEAT puede cruzar esos datos con la declaración del propietario. Si los números no cuadran, Hacienda lo ve.

Algunos inquilinos evitan declarar el alquiler por miedo a “delatar” a su casero. Es una preocupación humana, pero piénsalo al revés: declarar el alquiler es tu derecho y tu obligación fiscal. No declarar te priva de las deducciones que te corresponden y te deja sin la protección que da tener un alquiler documentado ante Hacienda.

Lo que haga o deje de hacer tu arrendador con su [tributación del alquiler](/blog/operaciones/como-tributa-el-alquiler-de-una-vivienda/) es asunto suyo. Lo que haces tú con la tuya es asunto tuyo. Y los números dicen que declarar te sale a cuenta.

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## Un contrato bien hecho es el primer paso para que la deducción funcione

Fianza depositada, datos del arrendador correctos, cláusulas conformes. En Vivara nos encargamos de que todo esté en orden desde la firma.

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![Un contrato bien hecho es el primer paso para que la deducción funcione](https://www.vivara.io/wp-content/uploads/2026/03/Que-cubre-un-seguro-de-impago-de-alquiler-Vivara.png)

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## Los errores más comunes al declarar el alquiler como inquilino

Después de cubrir el proceso, vale la pena repasar dónde falla la mayoría. Estos son los errores que más se repiten:

1. **No tener el NIF del arrendador.** Sin este dato, Renta Web no te deja aplicar la deducción. Y pedir el NIF a tu casero en junio, con la campaña de la renta ya abierta, no siempre es fácil. Pídelo cuando firmes el contrato o al inicio de cada año fiscal.
2. **Confundir la deducción estatal con la autonómica.** La estatal solo existe para contratos anteriores a 2015. Si tu contrato es posterior y marcas la casilla 563, estás declarando algo que no te corresponde. Y si no marcas la deducción autonómica, estás dejando de aplicar lo que sí te corresponde.
3. **No marcar la vivienda como “en alquiler” en la sección de datos personales.** Si no indicas que tu vivienda habitual es arrendada, Renta Web no te habilita las casillas de deducción. Es un paso previo que condiciona todo lo demás.
4. **No conservar justificantes de pago.** Hacienda puede pedirte que demuestres que has pagado el alquiler. Las transferencias bancarias son la mejor prueba. Los pagos en efectivo sin recibo firmado son un problema si hay comprobación.
5. **Olvidar el ITP.** Si firmaste contrato y no presentaste el modelo 600 en los 30 días siguientes, técnicamente estás en incumplimiento. El importe suele ser bajo, pero el recargo por presentación fuera de plazo existe.
6. **Aplicar la deducción sin cumplir los requisitos de renta.** Cada CCAA tiene un límite de base imponible. Si lo superas, no tienes derecho a la deducción aunque hayas pagado alquiler todo el año. Revisa los requisitos de tu comunidad antes de incluirla.

## Por qué siempre conviene declarar el alquiler

Declarar el alquiler no es una opción altruista ni un gesto de transparencia. Es una decisión económica. Las deducciones autonómicas pueden devolverte entre 300 y 1.237 euros al año. Si además tienes un contrato anterior a 2015, la deducción estatal añade otro 10,05% sobre lo pagado. Ese dinero solo llega si declaras.

También es una cuestión de protección. Tener tu alquiler documentado ante Hacienda refuerza tu posición como inquilino: acredita que pagas, que tienes un contrato y que cumples con tus obligaciones. Si algún día necesitas demostrar tu situación de vivienda ante un organismo público, una entidad financiera o un juzgado, la declaración de la renta es una pieza más del expediente.

Y hay un factor práctico que muchos inquilinos no consideran: los [gastos deducibles del alquiler](/blog/economico/gastos-deducibles-del-alquiler-irpf/) que puede aplicar tu arrendador en su declaración dependen de que el alquiler esté correctamente documentado. Un propietario que gestiona bien su [gestión integral del alquiler](/gestion-integral-alquiler/) tiene incentivos para que todo esté en orden. Cuando ambas partes declaran, el sistema funciona para las dos.

## Preguntas frecuentes sobre declarar el alquiler como inquilino

#### ¿Estoy obligado a declarar el alquiler como inquilino?

Incluir el alquiler en la declaración de la renta no es obligatorio en el sentido de que no hacerlo no genera una sanción directa. Pero si no lo incluyes, pierdes el derecho a las deducciones autonómicas y, en su caso, a la deducción estatal. Además, el ITP del arrendamiento sí es una obligación fiscal independiente que debes presentar en los 30 días siguientes a la firma del contrato.

#### ¿Qué pasa si no tengo el NIF de mi casero?

Sin el NIF del arrendador no puedes aplicar la deducción por alquiler en la declaración de la renta. Es un campo obligatorio en Renta Web. Si no lo tienes, pídelo a tu arrendador. Es un dato que debe constar en el contrato de alquiler y que el propietario está obligado a facilitar.

#### ¿Puedo declarar el alquiler si pago en efectivo?

Sí puedes declararlo, pero necesitas justificantes de pago. Si pagas en efectivo, conserva recibos firmados por el arrendador con fecha, importe y concepto. Las transferencias bancarias son la forma de pago más segura a efectos fiscales porque generan un rastro documental automático.

#### ¿La deducción estatal por alquiler sigue vigente?

Solo en régimen transitorio. Se aplica exclusivamente a contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. El porcentaje es del 10,05% de las cantidades pagadas, con un límite de base imponible de 24.107,20 euros anuales. Si tu contrato es posterior a esa fecha, esta deducción no te corresponde.

#### ¿En qué casilla de la renta se pone el alquiler?

Depende de la deducción. La deducción estatal (contratos pre-2015) usa las casillas 562 (base de deducción: cantidades pagadas, hasta 9.040 EUR) y 563 (importe de la deducción calculada). Las deducciones autonómicas tienen casillas específicas para cada comunidad autónoma, que Renta Web muestra automáticamente en la sección de deducciones autonómicas.

#### ¿Qué pasa si mi casero no declara el alquiler?

Tu declaración es independiente de la de tu arrendador. Puedes (y debes) declarar el alquiler y aplicar las deducciones que te correspondan. Si Hacienda detecta una discrepancia entre lo que tú declaras como inquilino y lo que declara (o no) tu arrendador, eso es un problema del arrendador, no tuyo.

#### ¿Puedo declarar el alquiler de una habitación?

Sí, siempre que la habitación sea tu vivienda habitual y tengas un contrato de arrendamiento que lo acredite. Los requisitos para la deducción son los mismos: NIF del arrendador, justificantes de pago y que tu renta no supere el límite de tu comunidad autónoma.

#### ¿Qué es el ITP del alquiler y tengo que pagarlo?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en arrendamientos es un impuesto que paga el inquilino al firmar un contrato de alquiler. Se presenta mediante el modelo 600 en los 30 días hábiles siguientes a la firma. El importe suele ser bajo (entre 20 y 150 euros), pero la obligación legal existe en todas las comunidades autónomas.

*Esta guía tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal profesional. La normativa sobre deducciones por alquiler varía según la comunidad autónoma y está sujeta a cambios en cada ejercicio fiscal. Consulta siempre con un profesional antes de tomar decisiones sobre tu declaración de la renta. Un buen alquiler protege a propietario e inquilino por igual.*
