Sentencia 956/2025: alivio fiscal para empresas familiares dedicadas al alquiler de inmuebles

El Tribunal Supremo ha cambiado las reglas del juego en la forma de interpretar la fiscalidad de las empresas familiares dedicadas al alquiler de inmuebles con la sentencia nº 956/2025 (Recurso 2197/2023). Hasta ahora, uno de los puntos más conflictivos era la posibilidad de aplicar la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que existía ambigüedad sobre los requisitos necesarios para obtener este beneficio fiscal.
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo elimina gran parte de esta incertidumbre al establecer que basta con cumplir los requisitos formales previstos en la ley, sin que la Administración pueda exigir pruebas adicionales sobre la carga de trabajo o la rentabilidad de la contratación. Esto supone un gran avance para las empresas patrimoniales que gestionan inmuebles de alquiler.
En el blog de hoy, analizamos en detalle qué implica esta resolución para las empresas patrimoniales que alquilan inmuebles y cómo pueden aprovechar este nuevo marco para optimizar su planificación fiscal.
Índice
Sentencia 956/2025: ¿Qué cambia para las empresas familiares de arrendamiento?
Antes de esta sentencia, para que una empresa patrimonial de alquiler pudiera aplicar a la reducción del 95% en el ISD, debía cumplir, entre otros, con dos criterios clave:
- Contar con un empleado a jornada completa.
- Justificar que la contratación era necesaria para el volumen de negocio.
El problema es que el segundo requisito era mas bien ambiguo ya que generaba bastantes incertidumbres. La Administración interpretaba de forma subjetiva cuándo el volumen de inmuebles justificaba tener un trabajador a tiempo completo. Por ejemplo, una sociedad con cien viviendas lo cumplía sin problemas, pero otra con cinco pistas podría no considerarse suficientemente «grande» para este requisito.
Es por ello que el Tribunal Supremo con la Sentencia 956/2025, resuelve esta ambigüedad, aclarando que no se debe exigir justificación económica sobre la carga de trabajo. Es suficiente con que exista un empleado, sin que se valore si sus funciones requieren una jornada completa de ocho horas.
Requisitos para la reducción del 95% en el ISD: antes y ahora
Antes de la sentencia:
- Se debía probar que la contratación de un trabajador a jornada completa era necesaria desde un punto de vista económico.
- Existía una interpretación restrictiva de la actividad de arrendamiento de inmuebles como actividad económica.
Ahora, tras la sentencia:
- Solo es necesario acreditar formalmente la contratación de un empleado, sin evaluar la carga de trabajo.
- Se elimina el requisito económico adicional no contemplado por la ley.
- Se gana seguridad jurídica para las empresas familiares.
¿Qué motivó el cambio? El caso de Aragón
Todo empezó en Aragón, cuando los herederos de una empresa familiar de arrendamiento solicitaron la reducción del 95% en el ISD. La Administración la rechazó alegando que la sociedad no tenía una estructura empresarial suficiente para considerarse actividad económica.
El TSJ de Aragón confirmó esta negativa, argumentando que un trabajador a jornada completa no se justificaba para el volumen de inmuebles gestionados. Esta postura fue cuestionada por los herederos, que elevaron el caso al Tribunal Supremo. Finalmente, el Tribunal corrigió el criterio anterior y estableció que la Administración no pueda imponer condiciones adicionales a las previstas por la ley. Si se cumplen los requisitos formales del artículo 37.3 de la Ley del IRPF, la reducción del 95% es aplicable.
Claves de la decisión del Tribunal Supremo
La sentencia subraya que los requisitos fiscales no deben interpretarse de forma restrictiva y que la contratación de un trabajador no puede analizarse en términos de rentabilidad o carga de trabajo.
- Se eliminan interpretaciones subjetivas sobre lo que es una actividad económica.
- La ley prevalece sobre los criterios económicos que antes imponía la Administración.
- Esto reduce la litigiosidad, ya que se limita el margen de interpretación de los inspectores, se evitan disputas legales innecesarias y se gana seguridad jurídica.
Implicaciones para patrimonios inmobiliarios familiares
Para muchas empresas patrimoniales, esta sentencia es una buena noticia:
- Facilita la transmisión del patrimonio familiar mediante la reducción del 95% en el ISD.
- Reduce riesgos fiscales, ya que no será necesario justificar el volumen de trabajo.
- Aporta estabilidad, lo que permite una mejor planificación fiscal a largo plazo.
- Este cambio también puede incentivar la creación o profesionalización de empresas familiares que se dedican al alquiler de inmuebles, ya que el beneficio fiscal será más accesible.
Oportunidades para patrimoniales: profesionalizar la gestión
La sentencia 956/2025 aporta más seguridad fiscal, pero la gestión de alquileres como visitas, selección de inquilinos, reparaciones o cobros sigue siendo una tarea compleja que exige dedicación constante.
Por ello, cada vez más patrimoniales optan por contar con empresas especializadas como Vivara, que se encargan de optimizar precios, asegurar el cobro puntual y ofrecer cobertura legal, liberando a los propietarios de la carga operativa.
Con un marco fiscal más claro, delegar en profesionales del sector como Vivara es una estrategia eficaz en mantener la rentabilidad y garantizar una gestión sin sobresaltos.
¿Gestionas inmuebles en una empresa patrimonial?
Con un marco fiscal más claro, es el momento de delegar la gestión del alquiler en expertos. Deja atrás la carga operativa y céntrate en lo importante: proteger y hacer crecer tu patrimonio. En Vivara nos encargamos de todo, con garantías, eficiencia y total transparencia.

Preguntas frecuentes
¿Qué implica la sentencia 956/2025 del Tribunal Supremo?
Aclara los requisitos para aplicar la reducción del 95 en el ISD.
¿Qué cambia para las empresas familiares de alquiler?
Basta con cumplir requisitos formales, sin justificar la carga laboral.
¿Era obligatorio justificar la jornada completa antes?
Sí, antes se exigía probar la necesidad económica del trabajador.
¿Qué requisitos siguen siendo necesarios para el ISD?
Contar con al menos un empleado y cumplir el artículo 27.2 del IRPF.
¿Qué beneficios fiscales pueden obtener las patrimoniales?
Una reducción del 95% en el ISD en transmisiones de empresas familiares.
¿Qué significa que se reduce la litigiosidad?
Habrá menos conflictos y juicios porque la norma ahora es más clara.
¿Cómo afecta a la planificación fiscal familiar?
Aporta seguridad y permite planificar herencias con menos riesgos.
¿Por qué se recomienda delegar la gestión de alquileres?
Ahorra tiempo, minimiza y optimiza ingresos con expertos.
¿Qué papel juega Vivara en este contexto?
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